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NOM-024- Vibraciones-Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo
La Norma Oficial Mexicana NOM-024-STPS-2001, publicada en enero de 2002, establece los límites máximos permisibles de exposición y las condiciones de seguridad e higiene en centros de trabajo con vibraciones que puedan afectar la salud de los trabajadores. Su principal objetivo es prevenir alteraciones a la salud de los trabajadores expuestos a vibraciones, garantizando un entorno laboral seguro y saludable.

Obligaciones del patrón

  • Mostrar los documentos requeridos por la norma a la autoridad del trabajo cuando sea necesario.

  • Informar a los trabajadores sobre posibles riesgos para la salud por la exposición a vibraciones.

  • Vigilar y garantizar que los límites máximos permisibles de exposición a vibraciones no sean rebasados.

  • Desarrollar y mantener actualizado un Programa para la Prevención de Alteraciones a la Salud del Personal Expuesto (POE).

  • Capacitar y adiestrar al personal anualmente en el programa mencionado.

  • Realizar la vigilancia de la salud del personal expuesto de acuerdo con lo establecido en la norma.

Obligaciones del Personal Expuesto (POE)

  • Colaborar y cumplir con el Programa para la Prevención de Alteraciones a la Salud del POE.

Límites máximos permisibles de exposición a vibraciones

  • Establece los límites de exposición a vibraciones en cuerpo entero y los distintos escenarios de exposición.

Medidas de control

  • Las medidas de control deben basarse en un análisis técnico para su implementación y en una evaluación posterior para verificar su efectividad.

  • Es fundamental asegurarse de que las medidas de control adoptadas no generen nuevos riesgos para los trabajadores.

  • Se debe elaborar un cronograma de actividades para la implantación de medidas de control que no sean de aplicación inmediata.

Documentación

  • El patrón debe mantener la documentación del programa con la información registrada durante los últimos cinco años.

  • La documentación del programa debe contener registros como la evaluación del nivel de exposición a vibraciones, programa de capacitación y adiestramiento, vigilancia de la salud, entre otros.

Concordancia con normas internacionales

  • La Norma Oficial Mexicana NOM-024-STPS-2001 no concuerda con ninguna norma internacional específica.

TRANSITORIOS

  • La Norma Oficial Mexicana NOM-024-STPS-2001 entraría en vigor a los ciento ochenta días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  • Durante el periodo de transición, los patrones debían cumplir con la normativa anterior o realizar las adaptaciones necesarias para cumplir con la nueva norma.

FUENTES

  • Página 2: Obligaciones del patrón, Obligaciones del POE, Límites máximos permisibles de exposición a vibraciones.

  • Página 11: Medidas de control.

  • Página 12: Documentación, Concordancia con normas internacionales.

  • Página 3: Transitorios.