Aspectos Claves de la Legislación
Proceso de Inscripción:
La Secretaría de Gobierno examina solicitudes y documentos para determinar la cumplimiento de requisitos.
La Comisión emite dictamen de resolución para la inscripción.
La autorización se otorga en un plazo no mayor a veinte días hábiles.
Obligaciones de Peritos Valuadores:
Deben respetar normas valuatorias y llevar un control riguroso de los avalúos.
Emitir avalúos con información específica y complementaria requerida.
Atribuciones del Secretario Técnico:
Notificar convocatorias de sesiones y auxiliar al Presidente en el cumplimiento de resoluciones.
Preparar informes, elaborar actas de sesiones y suplir al Presidente en ausencia.
Requisitos de Sesiones de la Comisión:
Debe estar presente al menos uno de los representantes de Institutos, Asociaciones y/o Colegio de Profesionales para validar la sesión.
Convocatorias deben realizarse por escrito con antelación según el tipo de sesión.
Procedimientos de Recursos de Revocación:
Se verifica si el recurso fue presentado en tiempo y forma.
Se fija una audiencia de desahogo de pruebas en caso de recurso procedente.
FUENTES
Página 5: Proceso de inscripción de la Secretaría de Gobierno y la Comisión.
Página 8: Obligaciones de los Peritos Valuadores.
Página 10: Atribuciones del Secretario Técnico.
Página 11: Requisitos de sesiones y quórum de la Comisión.
Página 15: Procedimientos de recursos de revocación.